EXIGE ACTUACIONES "INMEDIATAS" CONTRA LOS DIPUTADOS DEL PSPV
http://www.libertaddigital.com/noticias/noticia_1276279692.html
Acebes pide a Conde Pumpido que intervenga en el supuesto soborno de PSOE para implicar a Zaplana en el cobro de comisiones ilegales
El secretario general del PP, Ángel Acebes, demandó este lunes la intervención del Fiscal General del Estado, Cándido Conde Pumpido y, en su caso, de la Fiscalía Anticorrupción, para que se investigue un presunto intento de soborno por parte de un diputado socialista en las Cortes Valencianas a un contratista del parque temático Terra Mítica, con el objetivo de que éste implicase al portavoz del PP en el Cámara Baja, Eduardo Zaplana, en una trama de cobro de comisiones ilegales. Acebes ha exigido al PSOE que "tome decisiones de forma fulminante" respecto a los dos diputados del PSPV.
L D (EFE) En rueda de prensa tras la reunión del Comité de Dirección del PP, Acebes ha pedido al PSOE que explique "de dónde ha partido la manipulación" contra el portavoz del PP en el Congreso, Eduardo Zaplana, y ha exigido que "se adopten medidas penales y también políticas" contra los responsables de la misma.
El dirigente del PP ha reaccionado así a la entrevista que publica el diario El Mundo con un contratista de Terra Mítica, Antonio Moreno Carpio, quien asegura que José Camarasa, portavoz del PSOE en las Cortes Valencianas, le ofreció 1,8 millones de euros si decía que Zaplana cobraba comisiones por las obras de Terra Mítica.
En la entrevista, Moreno Carpio acusa a los diputados socialistas José Camarasa y Antoni Such de haber manipulado sus conversaciones, niega cualquier relación de Zaplana con la trama de facturas falsas que investiga Hacienda, y afirma que le ofrecieron contratos de obras y ayuda ante la Fiscalía y la Agencia Tributaria. LEER MÁS
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DOS ASOCIACIONES SE ADELANTAN AL PP
Alguien se ha atrevido a ir al juzgado contra Bono por denuncia falsa
http://www.elsemanaldigital.com/arts/51130.asp?tt=
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LOS DAMNIFICADOS
Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz fueron detenidos ilegalmente por una agresión que no se produjo. El Código Penal castiga la denuncia falsa, en particular cuando provoca acciones procesales.
SI BONO FUESE CONDENADO
La pena establecida por el Código Penal para la "simulación de delito" oscila entre los seis y doce meses de multa.
Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz fueron detenidos ilegalmente por una agresión que no se produjo. El Código Penal castiga la denuncia falsa, en particular cuando provoca acciones procesales.
SI BONO FUESE CONDENADO
La pena establecida por el Código Penal para la "simulación de delito" oscila entre los seis y doce meses de multa.
Alonso carga su agenda de "viajes" para no responder al PP
La sentencia que condenó a tres policías por la detención ilegal de dos militantes del PP daba como "hechos probados" que no existió agresión física contra el ex ministro de Defensa.
22 de mayo de 2006. Ése es el principal fundamento presentado por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro y por la Plataforma España y Libertad para presentar una denuncia contra José Bono por un presunto delito de "simulación de delito", previsto por el artículo 457 del Código Penal y castigado con multa de 6 a 12 meses.
En la denuncia, presentada este lunes, ambas asociaciones alegan que la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a tres policías por la detención ilegal de dos militantes del PP considera "hechos probados" que tanto Bono como Rosa Díez no sufrieron "ninguna agresión física", pues así consta incluso en una nota informativa policial que destaca que durante los hechos el operativo de escolta "logró que las Autoridades en ningún momento fueran agredidas físicamente".
Pese a estos "hechos probados", la denuncia del Centro Jurídico Tomás Moro y de la Plataforma España y Libertad recuerda al Juzgado de Instrucción que "constan numerosas declaraciones públicas del denunciado insistiendo en la realidad de la agresión física", aportando las citas pertinentes del ex ministro de Defensa en diversas declaraciones a medios de comunicación.
En consecuencia, los ahora denunciantes consideran de aplicación el artículo 457 del Código Penal contra quien "simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales", como es el caso, pues la detención ilegal se produjo de resultas de las declaraciones de Bono. Según ambas asociaciones, éste "realizó una deliberada exageración de los hechos acaecidos el día 22-1-05, faltando a la verdad de manera sustancial y dolosa al narrar la existencia de una agresión física que nunca sucedió, según recoge en sus hechos probados la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid citada. La realidad de los hechos acaecidos ha sido alterada por el denunciado, de manera que unas meras imprecaciones, tan solo encuadrables en la figura de injurias, y por tanto perseguibles solo a instancia de parte, se transforman en una agresión material, perseguible de oficio y presuntamente constitutivas de un delito".
De esta forma, una denuncia que el Partido Popular declaró que tenía en estudio ha sido finalmente interpuesta contra Bono, y de ser estimada podría dar un giro al caso de las primeras detenciones políticas en la historia de la democracia española
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Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz fueron detenidos ilegalmente por una agresión que no se produjo. El Código Penal castiga la denuncia falsa, en particular cuando provoca acciones procesales.
SI BONO FUESE CONDENADO
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La sentencia que condenó a tres policías por la detención ilegal de dos militantes del PP daba como "hechos probados" que no existió agresión física contra el ex ministro de Defensa.
22 de mayo de 2006. Ése es el principal fundamento presentado por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro y por la Plataforma España y Libertad para presentar una denuncia contra José Bono por un presunto delito de "simulación de delito", previsto por el artículo 457 del Código Penal y castigado con multa de 6 a 12 meses.
En la denuncia, presentada este lunes, ambas asociaciones alegan que la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a tres policías por la detención ilegal de dos militantes del PP considera "hechos probados" que tanto Bono como Rosa Díez no sufrieron "ninguna agresión física", pues así consta incluso en una nota informativa policial que destaca que durante los hechos el operativo de escolta "logró que las Autoridades en ningún momento fueran agredidas físicamente".
Pese a estos "hechos probados", la denuncia del Centro Jurídico Tomás Moro y de la Plataforma España y Libertad recuerda al Juzgado de Instrucción que "constan numerosas declaraciones públicas del denunciado insistiendo en la realidad de la agresión física", aportando las citas pertinentes del ex ministro de Defensa en diversas declaraciones a medios de comunicación.
En consecuencia, los ahora denunciantes consideran de aplicación el artículo 457 del Código Penal contra quien "simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales", como es el caso, pues la detención ilegal se produjo de resultas de las declaraciones de Bono. Según ambas asociaciones, éste "realizó una deliberada exageración de los hechos acaecidos el día 22-1-05, faltando a la verdad de manera sustancial y dolosa al narrar la existencia de una agresión física que nunca sucedió, según recoge en sus hechos probados la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid citada. La realidad de los hechos acaecidos ha sido alterada por el denunciado, de manera que unas meras imprecaciones, tan solo encuadrables en la figura de injurias, y por tanto perseguibles solo a instancia de parte, se transforman en una agresión material, perseguible de oficio y presuntamente constitutivas de un delito".
De esta forma, una denuncia que el Partido Popular declaró que tenía en estudio ha sido finalmente interpuesta contra Bono, y de ser estimada podría dar un giro al caso de las primeras detenciones políticas en la historia de la democracia española
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